CARTELES ACTUALES SOBRE LA LEY ANTI- TABACO


El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes día 21 de Diciembre, la ley antitabaco que prohíbe fumar en los espacios públicos cerrados y que entrará en vigor el 2 de enero. Veta fumar en todos los locales públicos de ocio. No se podrá fumar en restaurantes, bares ni discotecas. No habrá distinción entre bares de fumadores y libres de humo. Tampoco cubículos para fumadores. Además se eliminan los puntos de fumadores en aeropuertos y se prohíbe fumar a las puertas de los hospitales, los parques o los colegios. Se extiende el veto a bingos y casinos. El Congreso rechazó, además, la enmienda que proponía ayudas para los hosteleros que habían hecho un desembolso para adaptar sus locales a la ley actual. Aquí sí se fuma, aquí no se fuma - Bares, restaurantes...
La nueva ley prohíbe fumar en todos los locales públicos de ocio. No habrá cubículos para fumadores.
PROHIBE FUMAR EN:
- Hospitales y centros de salud. No se podrá fumar tampoco en sus proximidades, ni en la puerta.
- Colegios y parques. A pesar de que están al aire libre, se prohíbe fumar en la puerta y perímetro de colegios y parques infantiles.
- Hoteles. Podrán reservar el 30% de sus habitaciones para fumadores. Siempre las mismas.
- Clubes de fumadores. Deben ser lugares sin ánimo de lucro, con estatutos y sin personal. Solo podrán acceder los socios, que han de estar censados. No se podrá vender ningún producto.
- Aeropuertos y estaciones. Desaparecen los puntos para fumadores en estaciones y aeropuertos. No se podrá fumar en taxis, trenes, ni siquiera en los autobuses turísticos en los que el piso superior está al aire libre.
- Plazas de toros y estadios deportivos. Se podrá fumar pero solo si están al descubierto.
- Universidades. Solo se permite fumar fuera de los recintos. También está permitido en la puerta.
- Psiquiátricos y prisiones. Habrá espacios habilitados para fumadores.
- Terrazas. Sí se puede fumar.
- Bingos y casinos. Se impide fumar en espacios de juego.
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